
LLM London School of Economics, profesor de Derecho Constitucional.
El movimiento social que ha vivido Chile desde el 18 de octubre de 2019 ha vislumbrado las falencias y omisiones de una élite política y empresarial que durante años ha postergado las legítimas reclamaciones de una ciudadanía abandonada. Lo que nació como una manifestación contra el alza del precio en la tarifa del transporte público derivó en una crisis político-social sin precedentes en el último tiempo.
Acompañada de una violencia desmedida, las manifestaciones fracturaron la confianza social en las instituciones poniendo en tela de juicio la vigencia de todo el sistema jurídico-político que nos rige. Este sistema totalmente deslegitimizado parecería haber encontrado su causa original en la Constitución Política de la República como fuente de gran parte de los problemas sociales que se viven Chile.
Producto de la presión popular y tras un mes de manifestaciones, la mayoría de los partidos políticos que tienen representación en el Congreso Nacional lograron llegar a un acuerdo político denominado “Acuerdo Por la Paz Social y la Nueva Constitución” para iniciar un proceso constituyente que permitirá redactar una nueva Constitución para Chile.
Es debido a esto último que hemos querido preguntarle al profesor y abogado constitucionalista, John Charney, su parecer sobre el actual momento constituyente que vive el país.
Una de las principales razones por las cuales la ciudadanía clama por una nueva Constitución para Chile dice relación con el origen de la misma. Al respecto, ¿cuál cree usted que es la verdadera importancia de los contextos en la gestación de una Carta Fundamental? En lo relativo al caso chileno, ¿cuánto afecta que haya sido creada en un contexto como el de la dictadura cívico-militar de Augusto Pinochet?
Determinar si el origen de una constitución es (o no) la causa de su crisis es una cuestión contingente. Hay ejemplos de constituciones, como la alemana o la japonesa, que fueron redactadas bajo el ojo vigilante de los poderes vencedores de la segunda guerra mundial y que han logrado legitimarse. La legitimidad de una constitución depende, en una medida importante, de que ella sea un instrumento que permita que las diferencias que existen en una comunidad se resuelvan a través de los canales de la política institucional. En un sistema democrático eso significa que quienes representan a las mayorías electorales puedan conducir adecuadamente sus demandas y procesarlas institucionalmente para darles una respuesta efectiva. Los obstáculos que la constitución de 1980 pone al proceso democrático tienen su origen en una voluntad concreta y decidida del constituyente de impedir que las mayorías electorales puedan cambiar las reglas del juego impuestas por la dictadura. Esa decisión no ha podido ser modificada desde que Chile recuperó la democracia y esa es una de las razones que explican por qué la crisis actual se asocia al origen de la constitución.
Se ha instalado en la opinión pública la idea de que una de las razones para cambiar la Constitución es que ella es la causa que impide realizar las reformas sociales más importantes (pensiones, educación, entre otros). Al respecto, ¿comparte dicho diagnóstico? ¿Es posible hablar de que la Constitución chilena sigue siendo, en su esencia, la manifestación del proyecto político de una dictadura? ¿Consagra esta efectivamente un modelo neoliberal?
Desde una perspectiva jurídica la constitución es compatible con algún grado de transformación en la configuración y provisión de los derechos sociales. El problema, sin embargo, es que desde una perspectiva política y desde la propia práctica constitucional esas transformaciones han demostrado no ser posibles. Los derechos sociales fueron subordinados por la dictadura a las prácticas y lógicas del mercado y ese modelo de subordinación sigue funcionando en nuestro país gracias a la protección que la constitución le ha dado. La constitución, en otras palabras, no contiene ninguna cláusula que establezca un modelo neoliberal en Chile, pero sí ha impedido que el modelo neoliberal que se construyó a su alero pueda ser transformado.
En la actualidad, y a propósito del actual proceso constituyente por el que está pasando nuestro país, se ha podido apreciar un auge de las instancias de participación de la sociedad civil, tales como cabildos, foros, conversatorios, asambleas, etc. En este sentido, ¿cuál cree que es el verdadero impacto que tendrán estas instancias en la construcción de la nueva Constitución?
Mi opinión es que las instancias informales de participación ciudadana serán determinantes en este proceso. Para entender por qué, es necesario separar analíticamente el proceso mismo de su resultado (la nueva constitución). Tratándose del resultado, una constitución redactada en democracia tiene la ventaja de enriquecerse de una opinión pública que se construye y manifiesta en condiciones de relativa libertad. El derecho a la reunión materializado en instancias informales de participación como cabildos, foros y asambleas permite articular a la ciudadanía en torno a la conversación, reflexión y discusión sobre asuntos que serán, a su vez, objeto de discusión por parte de la convención constituyente. De estas instancias de participación no solo pueden emerger liderazgos capaces de competir en las elecciones de convencionales sino que de ahí también pueden surgir ideas, propuestas o visiones que contribuyan a enriquecer el debate público. Por lo demás, estas instancias permiten que los ciudadanos puedan informarse, elaborar opiniones y participar activamente de la discusión sobre la nueva constitución. Una ciudadanía activa e informada es, desde mi punto de vista, una condición necesaria para el éxito de un proceso de esta naturaleza.
Desde el punto de vista del proceso mismo, el ejercicio de estas libertades es también muy importante. Un proceso constituyente no solo permite la redacción de una nueva constitución. También es una tremenda oportunidad para reconstituir los lazos de solidaridad que son fundamentales para la vida en común. Esos lazos se refuerzan cuando los ciudadanos logran romper con la inercia de una sociedad extremadamente individualista y se encuentran, como iguales, en espacios en los que pueden reflexionar y discutir sobre cuestiones relativas a la vida en común. Estos espacios contribuyen a crear comunidades más cohesionadas, dialogantes y sensibles con sus prójimos y su entorno.
En caso de que la ciudadanía esté de acuerdo con iniciar un proceso constituyente para generar una nueva Constitución, en su opinión, ¿qué tipo de órgano debiese redactar una nueva Constitución? ¿Una Convención Mixta Constitucional o una Convención Constitucional? ¿Cuáles son los pros y contras de uno y otro órgano desde el punto de vista de la tradición democrática?
Uno de los componentes de la crisis constitucional chilena es la crisis de representatividad. Desde hace bastante tiempo que el parlamento y las autoridades políticas son muy mal evaluadas en nuestro país. La crisis de representatividad no es un problema exclusivo de Chile. Hay abundante literatura que muestra que este es un problema generalizado de las democracias representativas en todo el mundo y que se manifiesta en una desconexión aguda entre el interés de los gobernantes y el de los gobernados.
El proceso constituyente chileno debe hacerse cargo de esta crisis. La legitimidad de la nueva constitución va a estar condicionada—al menos en un comienzo—a la legitimidad del órgano que la redacte. En consecuencia, considero que la Convención Constitucional, es decir, un órgano representativo compuesto en un 100% por representantes elegidos por la ciudadanía (sin la participación de convencionales elegidos por el Congreso como en la Convención Mixta) es una mejor alternativa. Ahora bien, ese órgano debe permitir que los independientes puedan competir en igualdad de condiciones o incluso en mejores condiciones que los partidos políticos, debe asegurar escaños para los representantes de los pueblos indígenas y debe garantizar la paridad de género. Estas tres condiciones, que actualmente se están discutiendo en el congreso, y que no fueron parte de la reforma constitucional son, desde mi punto de vista, fundamentales para abordar la crisis de representatividad.
En caso de que gane la opción sí en el plebiscito, se daría paso a la redacción de una nueva Constitución desde cero, en donde se podría razonablemente pensar que tanto la izquierda como la derecha van a interesarse en la consagración de ciertas instituciones o figuras jurídicas afines a sus posturas. En específico, ¿cuál cree que van a ser los puntos más conflictivos al momento de redactar la Constitución? ¿Qué debiese regular una nueva Constitución?
Así como hay diversidad de géneros literarios, como la poesía la narrativa o el cuento, también los hay en el mundo del derecho. Uno de ellos es la constitución. Si usted revisa las constituciones del mundo verá que no hay diferencias radicales entre ellas. Al menos todas, o buena parte, definen el modo en el que se organiza y distribuye el poder político, por una parte, y reconocen y garantizan un catálogo de derechos fundamentales, por la otra. La nueva constitución, no me cabe duda, tendrá estas dos partes. Por supuesto que habrá diferencias y disputas sobre su contenido y probablemente ellas se expresarán con más fuerza en discusiones que ya se han dado en nuestro país. Entre los puntos de mayor conflicto estará, probablemente, el tipo de reconocimiento que la constitución le dará a los pueblos indígenas; el tratamiento que dará a los recursos naturales, en especial al agua; la configuración y protección de los derechos sociales; la participación del Estado en las actividades económicas y su regulación y el tratamiento del derecho de propiedad. En la parte orgánica probablemente la discusión será más intensa en materias relativas a la forma de gobierno, incluidas la relación de competencias entre el poder ejecutivo y el legislativo y la configuración de estos poderes. Sobre esto último creo que la discusión sobre el bicameralismo también aflorará con intensidad. La discusión sobre la composición y atribuciones del Tribunal Constitucional y del Banco Central, el rol y financiamiento de las Fuerzas Armadas, y por último, la reforma de la constitución, creo que serán también discusiones acaloradas.
En el debate por una nueva Constitución, tanto sectores a favor como en contra de esta han traído a colación experiencias comparadas sobre la misma, especialmente el caso venezolano y el islandés, terminando estos en resultados totalmente opuestos. Al respecto, ¿cuál cree que son las enseñanzas de experiencias comparadas que podemos sacar y tener presentes en el actual momento constituyente?
Cada crisis constitucional y los procesos constituyentes que le siguen obedecen a cuestiones históricas, políticas, económicas, culturales y sociales muy particulares. Cualquier lección que uno pueda sacar de la experiencia comparada debe partir por reconocer esas diferencias. Por lo mismo, no solo creo que es inmensamente improductivo, sino que también hay cierto grado de deshonestidad cuando se compara al proceso chileno con procesos como el venezolano.
Podrá sonar paradójico, pero la primera gran lección—y quizás la fundamental—de la experiencia comparada es que las particularidades de los procesos constituyentes enseñan que cada proceso debe hacerse cargo de las circunstancias concretas que lo gatillan. De ahí la importancia, en primer lugar, de contar con un diagnóstico adecuado sobre las causas de la crisis. Cuando los procesos constituyentes se levantan desde abajo hacia arriba (y no son el producto de gobernantes que buscan perpetuar su poder) como consecuencia de un agudo malestar social, como en el caso chileno, el colombiano y también el islandés, lo importante es que el proceso se haga cargo de ese malestar. Así, en nuestro caso es necesario, por lo que se dijo más arriba, que el órgano constituyente sea lo más representativo posible. Pero el proceso, y esto lo enseña la experiencia islandesa, debe ser también lo más inclusivo posible. Si la constitución de 1980 es rechazada porque es vista como un instrumento redactado por unos pocos para proteger los intereses de esos pocos, la nueva constitución debe ser el producto de un acuerdo que nos demos todas y todos para la protección del bienestar común.
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