Señor Director:

Habemus concordiato tras 3 meses – en palabras del Senador Elizalde – de frustrados intentos que bordeaban lo imposible; más, pese a las bondades del texto del “Acuerdo por Chile”, cuyos 12 puntos y la designación de 24 expertos nombrados por el Congreso, delimitan el ámbito de acción intelectiva de los restantes 50 consejeros, caben ciertas dudas a lo que llaman “cocina política”, la que sería el contexto en que se dio el acuerdo, de modo que ¿es consustancial a las habilitaciones democráticas de los representantes de las cámaras el poder tomar decisiones de manera corporativa y que éstas se presenten como legítimamente democráticas?¿vale poner en duda (moral) la creación y uso de instancias institucionales no formales que, siendo en estricto acciones corporativas, favorecen el fortalecimiento democrático, más aún cuando en ellas participan representantes cuya cadena de legitimación llega hasta el popolo en sus variadas expresiones? En el fondo ¿cuál es la disquisición institucional, el límite entre democracia y corporativismo de los órganos de representación en la República?
Kevin I. Seals Alfaro
Egresado de Derecho y Minor en Ciencia Políticas por la Universidad Adolfo Ibáñez de Santiago.